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Promulgaron la Ley Antimafias: cuáles son los cambios que buscan combatir el crimen organizado

El gobierno nacional promulgó este lunes la Ley 27.786, conocida comúnmente como la ley “Antimafias”. Esta nueva legislación tiene como objetivo establecer penas más severas para aquellos que forman parte de organizaciones delictivas involucradas en actividades como el narcotráfico, el lavado de activos, la extorsión y la trata de personas.

La ley entró en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial, lo cual ocurrió en la madrugada del lunes. Según los términos de la nueva normativa, se define a una organización criminal como un grupo conformado por tres o más individuos que actúan de manera coordinada para llevar a cabo delitos de alta gravedad.

Las penas para quienes formen parte o colaboren con organizaciones criminales, se establece en condenas de 8 a 20 años, así como también habilita a que los miembros de estas organizaciones puedan recibir la pena del delito más grave cometido por el grupo, es decir que se eliminan las diferenciaciones de penas según el rol dentro de la mafia: todos serán penados por igual, desde el jefe hasta aquel que recién ingresa en la organización criminal.

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La cartera de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, estará a cargo de la implementación.

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El texto de la ley también contempla declarar ciertas áreas como “zonas sujetas a investigación especial” para facilitar la acción de la justicia. Así, las investigaciones podrán ser llevadas a cabo por fiscales federales con la colaboración de fuerzas de seguridad y autoridades provinciales.

El primer artículo deja en claro que “se considerará reincidente a toda persona que haya sido condenada dos o más veces a una pena privativa de libertad, siempre que la primera condena se encuentre firme”. 

Un segundo punto involucra la falta de un criterio legal único, ya que es usual que se realice un ‘mix’. Con la ley, la pena final será por la sumatoria de todos los delitos, según publica Infobae.

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En tercer lugar, vale destacar la diferencia entre “reiterancia” y “reincidencia”. Por caso, un juez hoy valora y dicta con base en la posibilidad de fuga y/o entorpecimiento de la causa. A partir de ahora, se incorporará un tercer supuesto con las imputaciones previas que haya tenido el involucrado, lo cual deberá también ser considerado por el magistrado a cargo de definir este tipo de situaciones.

Editada y redactada por un periodista de ADNSUR

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