Una decisión judicial inédita en Neuquén puso el foco en la responsabilidad familiar ampliada: ante los reiterados incumplimientos de un padre con la cuota alimentaria de sus hijas, una jueza ordenó que los tíos paternos cubran el 70% de la canasta de crianza fijada por el Indec.
La magistrada Eliana Fortbetil sostuvo que las niñas no pueden quedar desprotegidas frente a la falta de cumplimiento de los adultos responsables y remarcó que, en estos casos, debe primar el interés superior del niño junto al principio de solidaridad familiar.
El fallo plantea que, en situaciones excepcionales, la obligación alimentaria puede extenderse a otros integrantes de la familia que estén en condiciones de garantizar ese derecho básico.
En esa línea, rechazó el planteo de los demandados que intentaban derivar la responsabilidad hacia otros parientes sin pruebas concretas.
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Además, advirtió que exigir a la madre iniciar reclamos contra cada familiar implicaría demoras incompatibles con la urgencia que requieren este tipo de situaciones.
La resolución también incorpora una mirada de género, al señalar que las tareas de cuidado siguen recayendo mayormente sobre las mujeres, lo que impacta en su economía. En ese contexto, obligar a otros familiares a contribuir busca equilibrar esa carga y evitar que la falta de aportes derive en mayores desigualdades.
De esta manera, la Justicia avanzó en un criterio que refuerza la red de contención familiar y prioriza el bienestar de las niñas por sobre las limitaciones económicas o incumplimientos del padre.
