Las elecciones provinciales en Corrientes se llevan a cabo el próximo 31 de agosto. En ese contexto, los electores deberán acercarse a las urnas para definir gobernador y vice, además de otras autoridades legislativas y locales. Para conocer el lugar al que tienen que votar, ya está disponible el padrón electoral definitivo.
Esta es una de las provincias que desdoblaron sus comicios de los nacionales. Por lo tanto, los correntinos deberán votar una segunda vez este año el próximo domingo 26 de octubre. Igualmente, puede que tengan que sufragar una tercera oportunidad ante la posibilidad de una segunda vuelta.
Es posible realizar la consulta virtual del padrón electoral 2025 a través del sitio oficial de la Junta Electoral de la provincia de Corrientes. Los ciudadanos correntinos que están habilitados para votar en las elecciones legislativas, pueden conocer los detalles exactos de su lugar de votación, realizando la consulta en el padrón definitivo:
Inmediatamente, se puede ver el nombre de la escuela, con la dirección y el distrito donde debe sufragar el interesado. Además, está detallado el número de la mesa y de orden.
Este año, los electores correntinos deberán definir sus autoridades provinciales y locales, además de sus representantes en el Poder Legislativo. Entre los más destacados, se determinarán un nuevo gobernador y vice para los próximos cuatro meses. A su vez, se elegirán cinco senadores provinciales titulares y tres suplentes; y 15 diputados provinciales titulares y ocho suplentes.
Por otro lado, se llevarán a cabo comicios municipales en 73 localidades de la provincia, como es el caso de la ciudad de Corrientes.
El pasado 31 de julio se oficializaron todas las listas de candidatos de las diferentes alianzas políticas que compiten el próximo 31 de agosto. En total, hay siete fórmulas que se disputan por los cargos más altos del Poder Ejecutivo provincial. A continuación, estos son los candidatos de gobernador y vice para las elecciones 2025 de Corrientes:
Puede que los correntinos deban votar una segunda vez en los comicios provinciales si es que se da un balotaje o segunda vuelta. El artículo 157 de la Constitución Provincial de Corrientes establece que si ninguna de las fórmulas para gobernador y vice alcanza la mayoría requerida en la primera vuelta. Esta es más del 45% de los votos afirmativos o al menos 40% de los votos afirmativos válidamente emitidos, y que, además, la diferencia con la fórmula que le sigue en número de votos sea mayor a diez puntos porcentuales respecto del total de los votos.
En el balotaje, la elección se limitará a las dos fórmulas más votadas en la primera vuelta, y los cargos se adjudicarán a la que obtenga la mayoría. Como la segunda vuelta se debe celebrar dentro de los 21 días posteriores a la primera vuelta, se estableció en el cronograma electoral que será el domingo 21 de septiembre de ser necesario.